En esta oportunidad te contaremos lo que necesitas saber del Internet Gratis como también como tramitarlo. La ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social) empezó ya con el calendario de cobro del mes de febrero 2023. Y a su vez, junto con el cobro mensual se entregan varios bonos y beneficios.
Entre los diferentes beneficios, algunos grupos de beneficiarios van a tener la opción de acceder a una conexión a Internet totalmente gratuita. Y por otro lado, también sigue en marcha el programa Conectar con Vos, con el cual puedes obtener una tablet de forma gratuita.
¿Cómo obtengo el Internet Gratis?
El objetivo de este programa es que los barrios populares también puedan tener internet gratis. Para poder ser beneficiario, tendrás que tramitar la PBU (Prestación Básica Universal o Obligatoria). En el caso de que no la tengas, y tengas que tramitarla, tendrás que seguir los siguientes pasos:
- Desde la pagina web del gobierno: argentina.gob.ar descargar la Declaración Jurada
- Completar el documento
- Enviarla a los prestadores de los servicios que sean necesarios, a través de los canales de atención habilitados.
¿Quiénes son los beneficiarios del programa Conectividad?
- Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y sus hijos entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
- Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
- Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
- Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
- Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
- Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro, con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscripta ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).
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